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LEY 12/2008: Protección Integral de Infancia y la Adolescencia de la Comunidat Valenciana. Imprimir E-mail
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12.10.2008

LEY 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección
Integral de Infancia y la Adolescencia de la Comunidat Valenciana.


Artículo 22. Derecho a las relaciones familiares



Los menores tendrán derecho a crecer y vivir con sus padres, si ambos
manifiestan voluntad y aptitud para la crianza, procurándose en los
casos de separación de los progenitores una convivencia igualitaria
con ambos.

Los poderes públicos velarán por la protección del principio de
coparentalidad en el cuidado y educación de los menores, y
garantizarán el derecho de éstos a que ambos progenitores participen
por igual en la toma de decisiones que afecten a sus intereses.

En cualquier caso, los menores tendrán derecho a mantener relación con
sus padres, y se protegerá especialmente el derecho del niño que esté
separado de uno o ambos padres a mantener relaciones personales y
contacto directo con ambos progenitores de modo regular.
Así mismo, el menor tendrá derecho a mantener relación con sus
hermanos, abuelos y demás parientes próximos o allegados.

En la observancia de estos derechos prevalecerá siempre el mayor
interés del menor y la incidencia en su desarrollo psicológico y social.

VER TODA LA LEY EN:

 

DOCV Nº5803/10.07.2008

 

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