Francisca Fariña asegura que definir y detectar el síndrome de alienación parental «no es una guerra de sexos», sino un intento por proteger a los niños.
-¿Qué aspectos definen este síndrome?
-El rechazo, incluso el odio, a un progenitor sin causa real, propiciado por otra persona, con independencia del género.
-Hay quienes niegan que tenga base científica y médica.
-Yo también considero que la alienación parental no es una cuestión médica ni clínica, aunque pueda tener implicaciones clínicas, sino que es un proceso complejo de carácter psicojurídico. En cuanto a la denominación de síndrome o no, considero que esto es lo menos relevante. En realidad, lo único importante es ayudar a los menores a los que se priva del derecho de mantener una relación positiva con ambos progenitores, que puede alcanzar la dimensión de un fuerte maltrato psicológico.
-¿Se debe evaluar solo a los niños o a todos los implicados?
-De ninguna manera se puede establecer la existencia de alienación parental sin evaluar a ambos progenitores y a los hijos. Incluso, en ocasiones, es preciso extender la evaluación a nuevas parejas y a otros familiares, entre los que destacan los abuelos. De esta forma, un psicólogo jurídico, cuando no evalúa a ambos progenitores y a los hijos, no dispone de datos suficientes para sostener la existencia de alienación parental; a lo sumo, solo estará en condiciones de concluir que hay indicios y, por tanto, recomendar al juez o tribunal una evaluación forense de esa familia.
-¿Aceptar su existencia puede servir de argumento a los maltratadores para solicitar la custodia?
-Yo diría que puede servir para que algún maltratador pueda justificar el rechazo de sus hijos, e incluso motivar alienación parental para solicitar la custodia. Sin embargo, nunca sería fructífero si los equipos técnicos de los juzgados tienen la formación necesaria para poder evaluar la violencia familiar, la violencia de género, el abuso sexual y la alienación parental.