
La Asociación de Padres de Familia Separados de Valladolid agrupa a unos mil asociados en la provincia. Su presidente, Francisco Bravo, expone la situación de este colectivo.
-¿Cuáles son sus principales demandas?
-La principal demanda de la asociación es la custodia compartida como modelo general y preferente en los procesos de separación y divorcio, ya que es un derecho de los hijos el poder seguir disfrutando del amor y la educación de ambos padres. Sólo excepcionalmente en los casos en que se perjudique objetivamente el interés del menor se debe imponer una custodia monoparental. La situación actual favorece la imposición por parte de la madre de sus personales intereses afectivos y económicos porque sabe que sin acuerdo previo la custodia recae en ella en el 95% de los casos. Cifra que por cierto no tiene parangón con ninguna otra de desigualdad por razón de género y echa por tierra el principio de igualdad entre madre y padre.
-¿Qué cambios legislativos habría que introducir para mejorar la situación?
-Simplemente la modificación del art. 92 del código civil considerando la custodia compartida como preferente y no como excepcional, que es lo que impone la actual redacción.
-¿Cuáles son sus principales demandas?
-La principal demanda de la asociación es la custodia compartida como modelo general y preferente en los procesos de separación y divorcio, ya que es un derecho de los hijos el poder seguir disfrutando del amor y la educación de ambos padres. Sólo excepcionalmente en los casos en que se perjudique objetivamente el interés del menor se debe imponer una custodia monoparental. La situación actual favorece la imposición por parte de la madre de sus personales intereses afectivos y económicos porque sabe que sin acuerdo previo la custodia recae en ella en el 95% de los casos. Cifra que por cierto no tiene parangón con ninguna otra de desigualdad por razón de género y echa por tierra el principio de igualdad entre madre y padre.
-¿Qué cambios legislativos habría que introducir para mejorar la situación?
-Simplemente la modificación del art. 92 del código civil considerando la custodia compartida como preferente y no como excepcional, que es lo que impone la actual redacción.