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CONFEDERACIÓN ESTATAL DE MADRES Y PADRES SEPARADOS Portavoz: Domingo González: 615 055 250 / Presidente: Justo Sáenz : 606 731 752 www.custodiacompartida.org NOTA DE PRENSA: UNA MADRE NO PUEDE OCUPARSE DE SUS HIJOS POR SER MAESTRA Cádiz, 30 de noviembre de 2007 La Confederación Estatal de Madres y Padres separados MUESTRA SU SORPRESA E INDIGNACIÓN ante la actuación de la titular del juzgado de Primera Instancia nº 3 de la Isla, que recientemente ha dictado una sentencia según la cuál, se deniega la custodia de los hijos a una madre de San Fernando con el único argumento de trabajar fuera de casa. La sentencia, de escasamente dos folios, nos refiere una idea del grado de detenimiento y análisis en profundidad que algunos responsables de la Judicatura brindan a los temas en los que se decide la suerte de menores. Esta Confederación, defensora del interés superior de los menores y del principio de igualdad entre hombres y mujeres, propone la integración de la custodia compartida como modelo preferente en nuestra legislación, así como el sometimiento preceptivo de los progenitores a los equipos de mediación familiar, antes de recurrir a la vía contenciosa. Mostramos, por tanto, nuestro más profundo y enérgico DESACUERDO con esta sentencia, recurrida ya ante la Audiencia Provincial de Cádiz, si bien conocemos la intención que tuvo previamente la jueza de lograr que las partes llegaran a un acuerdo de custodia compartida. Sin embargo, al no producirse el pretendido acuerdo, la jueza prefirió argumentar en muy pocas líneas que “la madre trabaja”, reconociendo incluso que es maestra y psicóloga y que su horario laboral coincide con la jornada escolar de sus hijos. En definitiva, unos argumentos que consideramos ABERRANTES y que en modo alguno pueden impedir el derecho de educar y ser educado y criado, y mucho menos tienen en cuenta el interés superior de los menores, de seis, diez y doce años. Sin duda esta sentencia magnificará la conflictividad en el seno de esta FAMILIA, al contrario de lo que habría ocurrido si a pesar de no existir acuerdo entre las partes, agotando previamente la vía de la mediación familiar, la jueza hubiera otorgado la custodia compartida.
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