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15.11.2007

Proponen figura de ‘tenencia compartida’ de los hijos en casos de separación
martes, 13 de noviembre , 2007 - 05:52:21     
    

    

      

Un dictamen propone establecer la figura de la tutela compartida.
    
(RPP) La Comisión de la Mujer y Desarrollo Social aprobó dos proyectos de ley, el primero de los cuales propone modificar el artículo 7 de la Ley 27767 del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria; y el segundo, modificar los artículos 81 y 84 del Código de Niños y Adolescentes, referente a incorporar la tenencia compartida.

El primer dictamen tiene por finalidad precisar las sanciones que se aplicarán al titular, funcionario o servidor público que incumpla con lo dispuesto en la Ley 27767 respecto a la obligación de adquirir productos destinados al Programa Complementario de Asistencia Alimentaria a los productores y microempresas de la zona donde se aplica.

Según la autora del proyecto, Margarita Sucari Cari (NUPP), en muchos lugares del interior del país los responsables del programa optan por adquirir los productos a los intermediarios, distribuidores o comerciantes de otros lugares, para beneficiarse con las prebendas que estos les ofrecen.

El proyecto aprobado propone precisar las sanciones, que van desde amonestación hasta destitución del cargo, cuando el funcionario o servidor no cumpla con dar a conocer los requerimientos de productos alimenticios, no conforme comisiones de adquisición o pague un menor precio por el producto adquirido, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley.

La imposición de las sanciones administrativas será independiente de la responsabilidad civil o penal que pueda originarse como consecuencia de la omisión en el cumplimiento de las normas señaladas.

Tutela compartida

El otro dictamen aprobado, por mayoría de votos, propone establecer la figura de la tutela compartida, o ‘comparentabilidad’ entendida como la igual implicación de ambos progenitores, aun cuando se encuentren separados, en la formación de sus hijos, atendiéndolos de manera común en todas sus necesidades y conviviendo con ellos la mayor cantidad de tiempo posible.

El dictamen precisa que cuando los padres están separados y no haya acuerdo entre ellos sobre la tenencia de los niños, niñas y adolescentes, el juez especializado deberá optar en primer lugar por la tenencia compartida, salvo que advierta que sea perjudicial para aquellos.

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