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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite cuatro cuestiones de inconstitucionalidad Imprimir E-mail
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24.10.2007
AGENCIA EFE

MURCIA. 22 OCTUBRE 2007

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite cuatro
cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por una jueza de Murcia
contra la ley de protección integral contra la violencia de género,
según los acuerdos a los que ha tenido acceso Efe.


Estos recursos han sido interpuestos por el Juzgado de lo Penal
número Cuatro de Murcia, cuya titular, la magistrada María Poza,
sostiene que la citada ley podría vulnerar la Constitución y,
especialmente, el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Según Poza, la imposición de una pena mayor en el caso de que las
víctimas de esta violencia de género sea una mujer supone una
discriminación que vulneraría los principios constitucionales.

En todos los asuntos que llegan a su Juzgado por hechos de este tipo
y en los que el pronunciamiento va a ser condenatorio, la magistrada
no dicta sentencia y plantea esta cuestión de inconstitucionalidad,
para que sea el TC el que se pronuncie al respecto, indicaron fuentes
judiciales.

Una de las cuestiones elevadas al alto tribunal es en previsión de
que el artículo 153.1 del Código Penal -que tipifica como delitos las
amenazas y coacciones leves de un maltratador a su compañera
sentimental, y como simples faltas si la situación es a la inversa-
pudiera vulnerar los artículos 10, 14 y 24.2 de la Carta Magna.

La diferencia de trato entre hombres y mujeres también afectaría a la
pena de inhabilitación y al régimen de alternativas a la pena de
privación de libertad, es decir, el hombre no tendría derecho a pagar
una multa para eludir la cárcel. Sólo si el agresor es un hombre es
aplicable la circunstancia agravante, lo que conlleva penas más altas.

Considera que, por el mismo principio, todos los hombres, al ser
quienes mayoritariamente cometen delitos, deberían siempre ver
endurecidas sus penas.
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