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CUSTODIA COMPARTIDA-Jose Carlos Navarro Muñoz |
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10.08.2006 |
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Que a una madre -Guillermina Calderón-, de Guadalajara, la Audiencia Provincial le retire la custodia de su hijo de 12 años en favor de su padre, por tener un trabajo inestable, es noticia por ser lo excepcional. La madre se queja de que no es justo perder la custodia del hijo y la vivienda familiar por no tener un trabajo estable. No es justo, como tampoco lo es que desde 1981 casi todos los padres separados o divorciados hayan estado en estas mismas circunstancias. Personalmente, habiendo sido cuidado y atendido por ambos padres -y mi madre atendiendo a alumnos pequeños, conmigo en brazos- me es difícil comprender esta decisión. Entender la igualdad entre hombres y mujeres, así como tener en cuenta el interés del menor, justifica esta decisión judicial. Garantiza una mayor estabilidad emocional para el hijo, al poder éste ser atendido en mejores condiciones por el padre. Pero la igualdad bien entendida empieza por la compatibilidad y la complementariedad del padre y de la madre hacia el hijo, aunque ésta no sea posible entre los ex conyuges. La custodia compartida consiste en la complementariedad emocional, educativa, y en cuidados hacia el fruto común, que son los hijos. La vivienda y los bienes deben ser apéndices de tal función. No es justo que un hijo sea privado de su madre la mayor parte de su tiempo. Como tampoco lo es la orfandad paterna casi global, que sufren hoy en día los hijos de padres separados. Todo es fruto de la ambigüedad de la ley, así como de las reticencias del divorcio exprés a establecer la custodia compartida como principio básico, basado en la flexibilidad vital de ambos padres. Esperemos que llegue pronto el día en que este tipo de custodias dejen de ser noticia.
ABC
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