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El pleno del Senado aprobó ayer la reforma del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civin en materia de Separación y Divorcio que permite a los jueces, excepcionalmente, acordar la custodia compartida de los hijos cuando no exista acuerdo entre los padres. Para ello, será necesario el informe preceptivo del Ministerio Fiscal, pero éste no debe ser necesariamente favorable, tal y como exigía la redacción aprobada en el Congreso.
El texto, que será remitido al Congreso para su aprobación en el pleno del próximo jueves, convierte el informe del fiscal en preceptivo, pero no en necesariamente favorable, con el objetivo de no limitar la capacidad de decisión del juez. Asimismo, para facilitar su decisión, el magistrado también podrá contar con informes de especialistas y con un estudio de la ubicación de los domicilios de ambos progenitores.
La reforma fue apoyada por todos los grupos del Senado (130 votos a favor), salvo el PP, que se abstuvo en la votación del dictamen por estar en contra de otorgar la custodia compartida sin acuerdo entre los padres. Los populares tampoco refrendaron la reforma porque no fue aceptada la enmienda referida a la obligación de acudir a la mediación familiar de forma previa al inicio del proceso judicial para el divorcio.
En todo caso, el articulado propuesto por la Cámara alta mantiene una serie de garantías a la custodia compartida sin acuerdo: que este régimen, que debe estar fundamentado en el interés supremo del menor, sea solicitado por una de las partes; siempre que la otra haya reclamado la custodia para sí en exclusiva; y que se asegure que, por la ubicación de los domicilios de los padres, el menor gozará de la necesaria estabilidad para el mejor desarrollo de su personalidad.
La nueva ley agiliza los trámites para las rupturas matrimoniales, al suprimir las exigencias de separación previa al divorcio, y permite solicitar judicialmente la ruptura pasados tres meses desde la celebración del matrimonio, un plazo que no habrá que respetar si se producen malos tratos. Actualmente, tiene que pasar un año desde el enlace para plantear la separación legal y otro más para presentar la demanda de divorcio.
El texto aprobado también incluye la futura creación de un fondo estatal que garantice el pago de las pensiones compensatorias y no sólo de alimentos. En este caso, la enmienda fue aprobada por el PP, PNV, IU y CiU, y no fue apoyada por los socialistas, que sólo querían el compromiso de incluir las pensiones alimenticias.
También se incorporaron al texto, ya con el acuerdo de todos los grupos, que los procesos ya iniciados cuando entre en vigor la reforma puedan beneficiarse de la disminución de plazos, de la eliminación de causas o del paso directo al divorcio, pero no ampliar los efectos del procedimiento ya iniciado (por ejemplo, solicitar una pensión temporal que la ley actual no contempla).
LA VOZ DE GALICIA |