SOCIEDAD Y CULTURA Asturias supera ya el umbral de los tres mil divorcios, con once rupturas cada día Mieres es el único de los grandes partidos judiciales con más rupturas sin mutuo acuerdo.
Oviedo, R. SARRALDE
Cada vez más parejas asturianas se dan el «no, quiero». Hace tan sólo tres años se rompían entre siete y ocho matrimonios diarios en Asturias. La cifra se eleva ahora a once rupturas debido al espectacular aumento de los pleitos por divorcio. Los Juzgados de familia de la región están saturados, sobre todo después de la entrada en vigor, en julio de 2005, de la nueva ley del Divorcio, conocida como «divorcio express», que ha favorecido rupturas más rápidas y menos costosas. Desde entonces se han disparado estos pleitos hasta el punto de que el Principado superó por primera vez el umbral de los tres mil divorcios el pasado año.
Los divorcios crecen a un ritmo proporcional al del descenso de las separaciones. Y es que muchas de las separaciones que estaban en período de trámite han derivado en divorcios. Tiene su explicación: ahora las parejas que quieran divorciarse pueden hacerlo una vez que hayan transcurrido tres meses (o menos, en caso de maltrato doméstico) desde el día en el que contrajeron matrimonio, sin tener que haberse separado primero, como ocurría antes. Además, la ley suprime las causas para disolver el matrimonio. Antes había que alegar los motivos para suspenderlo.
Con la separación legal, la reconciliación se produce por expreso deseo de cada uno de los cónyuges al manifestar al Juzgado (por separado) su deseo de volver a formar parte del matrimonio. El divorcio, en cambio, disuelve el matrimonio. Ante el supuesto, muy poco probable, de que la pareja quiera reconciliarse con efectos legales, debe volver a empezar. O, lo que es lo mismo, contraer nuevo matrimonio.
La mayoría de los asturianos se aferra ahora a la fórmula del divorcio rápido. Así, en 2005 se produjeron 2.174 divorcios frente a las 1.675 separaciones que contabilizó el Instituto Nacional de Estadística (INE). Pero los datos provisionales de 2006 son más esclarecedores: en los primeros nueve meses se registraron 2.724 divorcios (un 60% más que el año anterior) y solamente hubo 282 separaciones, lo que revela que esta forma de ruptura matrimonial cotiza muy a la baja.
La escalada de los divorcios es vertiginosa, dado que en el año 1998 hubo 1.102 rupturas, y en 2000, 1.128. Hasta la irrupción de la ley de 2005 las separaciones ganaban a los divorcios.
Muchas personas retienen la imagen de esas parejas que se tiran los trastos a la cabeza cuando dan carpetazo a su aventura matrimonial en el Juzgado. Sin embargo, cada vez hay más parejas que optan por el juego limpio. Tras la reforma normativa se han incrementado las rupturas amistosas: en 2005 hubo 2.227 divorcios y separaciones de mutuo acuerdo, frente a 1.622 procesos no pactados. La tendencia de 2006 es la misma. En los principales partidos judiciales, salvo el de Mieres, ganan con diferencia las rupturas pactadas, que son, además de más baratas, menos traumáticas que las otras. Según la abogada Alicia Fernández del Castillo, el divorcio consensuado es una vieja batalla de los abogados de familia: «El pacto que hacen los cónyuges a través del Convenio Regulador es un traje a medida para esa familia en concreto. El juez, por muy justo que sea, tiene que resolver con lo que las partes exponen de su situación, pero el tiempo, lógicamente, es limitado. Es mejor aprender a manejar el propio conflicto. Las decisiones a las que se llega de mutuo acuerdo se suelen cumplir y no crean problemas en su ejecución». Otra defensora de la reforma de la ley («Las causas que se establecían antes para conceder un divorcio no tenían ningún sentido y generaban un gran incordio a las parejas»), la jurista Margarita Fuente, secretaria general de la Universidad de Oviedo y experta en Derecho de Familia, señala que últimamente están adquiriendo mayor relevancia los servicios de mediación familiar en los procesos de separaciones y divorcios.
Pero, ¿qué es la mediación? «Se trata de la intervención de un profesional cualificado y neutral que ayuda a la pareja a reorganizar las relaciones de los miembros de la familia, de manera que el conflicto se resuelva de la forma más positiva posible para todos», señala Fuente, partidaria de que el sistema incida en un modelo «que procura que las parejas lleguen a acuerdos». Una de las claves del divorcio rápido es que regula que los niños vivan alternativamente con el padre y la madre. Cuando los progenitores acuerden compartir la guarda y custodia, el juez deberá concederla, tras recabar «en todo caso» el informe del fiscal, que no será vinculante. También podrá escuchar la opinión de los hijos si lo considera oportuno o si lo piden el fiscal, las partes o los niños. El mayor punto de controversia es que el juez podrá conceder la custodia compartida, aunque no haya acuerdo en la pareja. Fernández del Castillo considera que las parejas más civilizadas «y que son capaces de ver, a pesar del conflicto que viven, que es beneficioso para sus hijos no perder el contacto con ninguno de sus progenitores», optan por la custodia compartida o por acordar un régimen amplio y flexible de estancias y comunicaciones con el cónyuge que sale del domicilio familiar. A juicio de esta letrada, «resulta fundamental adquirir la destreza de llevarse bien después de la separación o el divorcio. Esto es un bien presente y futuro para los hijos y la mejor herencia que se les puede dejar; los hijos no se deberían utilizar como moneda de cambio frente al otro, pero lamentablemente esto aún se sigue haciendo». La advertencia no es gratuita: «Los hijos necesitan a sus padres, y padre y madre se es para siempre. Un contacto de los hijos con sus progenitores con tensiones "por la otra parte" genera en ellos muchos problemas de futuro y se empiezan a percibir ya a corto plazo». De las 2.174 parejas que se divorciaron hace dos años, 724 tenían un hijo, y 176, dos. Otras 888 no tenían descendencia
En España hay un divorcio cada 3,7 minutos, según un estudio Reuters. 23.05.2007 - 13:59h
* Está a la cabeza de la Unión Europea. * El estudio ha sido difundido por el Instituto de Política Familiar (IPF). * El IPF está en contra de los divorcios. * Los divorcios han aumentado por la 'Ley del divorcio express'.
De acuerdo al informe, que se basa en datos sobre rupturas matrimoniales procedentes del Consejo General del Poder Judicial, en España se produjeron el año pasado un total de 141.817 divorcios, lo que supone un incremento del 51% respecto al año anterior y del 169 frente a 2004.
'Los datos son de tal envergadura que por cada cuatro matrimonios que se realizan en España se divorcian tres. Se produce un divorcio cada 3,7 minutos, es decir 16 cada hora y 386 divorcios al día', señaló el informe del IPF.
Canarias, Baleares y Cataluña fueron las Comunidades Autónomas con mayor tasa de divorcios, mientras que en el otro extremo se sitúan Extremadura, Castilla y León, Castilla La Mancha y País Vasco.
Según las cifras, en el período de cinco años entre 2001 y 2006, el crecimiento de los divorcios ha superado el 277%.
El presidente del IPF, Eduardo Hertfelder, destacó que estos datos deben interpelar a la sociedad española y a las administraciones públicas, que deben replantearse la situación y tomar medidas urgentes y un cambio de rumbo en cuanto a medidas legales, protección social y cultural del matrimonio y la familia.
El IPF se autodefine como una entidad civil independiente no vinculada a las administraciones públicas, ni a partidos religiosos ni a organizaciones religiosas, cuya misión es la promoción y la defensa de la institución familiar.
España aprobó en junio de 2005 la conocida como 'Ley del divorcio express', que permite una disolución del matrimonio más directa y rápida, sin causas, y que por primera vez recoge la posibilidad de la guarda y custodia compartida de los hijos, que obtuvo del visto bueno de todos los grupos parlamentarios excepto el Partido Popular.
La reforma del divorcio suprime la separación previa, reduce los plazos y las causas para solicitarlo.
La custodia compartida en las crisis familiares Fernando Gimeno Fonfría A nadie escapa que el modelo tradicional de familia ha ido evolucionando en los últimos años, hasta el extremo de que la figura del padre patriarcal y patrimonial de antaño ha sido sustituida por una vinculación mas activa del mismo en la formación y cuidado de los hijos que lo convierten, así, en un ser más participativo y que comparte con la madre la vida familiar. El legislador modificó en julio del año 2005 el Código Civil, instaurando «ex lege» la custodia compartida de los menores por ambos progenitores, que puede ser acordada por los órganos jurisdiccionales, si bien supeditada a que exista previo informe favorable del Ministerio Fiscal. Dicha reforma se compadece poco y mal con la finalidad intrínseca que pretenden las medidas destinadas a los menores y con los estudios científicos sobre la materia que sostienen que «la custodia compartida debe ser la norma y no la excepción» -Profesor de Sicología de la Universidad de A Coruña: Dr. Miguel Clemente Díaz- y que «la mejor opción de custodia para el niño es la custodia compartida llevada a cabo con plena coparentalidad» -Profesores de Sicología de las Universidades de Santiago y Granada: Francisca Fariña, Ramón Arce, Mercedes Novo y Dolores Seijo-. En Alemania, en el año 2000, en el 69´35 por ciento de los divorcios hubo lugar una guarda y custodia compartida. Actualmente, tras la separación o divorcio, lo normal es que el padre se vea condenado a ocupar un papel secundario y que sólo tenga derecho a pasarle una pensión alimenticia a su ex mujer para la educación de los hijos, a los que verá uno de cada dos fines de semana y la mitad de las vacaciones escolares. Durante todos estos años -desde 1981-, este sistema se ha convertido casi en una regla adoptada más por costumbre que por un convencimiento real de que éste sea el mejor modo de vida para el hijo. Y así ha sido censurado por la doctrina jurídica -Navarro Fajardo, Rivero Hernández, López Alarcón, Alonso Pérez y Rocas Trías- y, en ocasiones, por la jurisprudencia, resultando muy ilustrativa la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia de 2 de febrero de 2000 al manifiestar que «el régimen usual de atribución de la custodia del hijo a un progenitor con exclusión del otro no satisface las exigencias de un saludable equilibrio de las figuras materna y paterna en el niño. Su convivencia continuada con solo uno de ellos provoca que tome a éste como único modelo de comportamiento, desdibujándose las referencias del otro, con el que se relaciona esporádicamente; la falta de contacto habitual condiciona también la conducta del progenitor no custodio, que con excesiva frecuencia trata de ganar en poco tiempo, con halagos y regalos excesivos, el afecto del pequeño; en otras ocasiones, la falta de convivencia provoca, antes o después, el enfriamiento de las relaciones interpersonales y el abandono del régimen de visitas, con evidente perjuicio del derecho del meno». No obstante, hasta ahora, la madre es -por lo general- quien obtiene la custodia y, en muchas ocasiones, acaba agotada por las obligaciones diarias, que desde la separación asume en solitario. Mientras que el hombre, convertido en «padre intermitente», busca a tientas su nuevo lugar. A veces se acomoda a ese papel secundario, pero no siempre sucede así. Tiene la sensación de que él es quien sale perdiendo en esta historia. ¿Y los hijos? Les cuesta establecer una relación estrecha con este padre que redescubren cada quince días, por lo que en no pocas ocasiones, la función paterna se reduce a mimar a los hijos durante el fin de semana y las vacaciones, mientras que la madre se tendría que ocupar de resolver el día a día. Es como si la madre tuviera todos los deberes, pero también todos los poderes de cara a sus hijos. Por eso desde algunos sectores de la sociedad se ha venido pidiendo cada vez con más insistencia el establecimiento de un régimen de custodia compartida, porque piensan que el régimen de custodia tradicional por el que los hijos van a vivir con uno de los progenitores, normalmente la madre, deja al otro progenitor al margen de la educación y desarrollo de sus hijos. De este modo la relación padre-hijo se diluye frecuentemente con el paso del tiempo, perdiéndose por parte de los hijos una imagen sólida de su padre. Se alega por los defensores de este régimen de custodia compartida que así se ayuda a mantener vivo el doble vínculo de paternidad y se logra la igual implicación de ambos progenitores en la crianza de los hijos, esto es, un régimen de coparentalidad. Entiendo que -en lo sucesivo- se impone necesariamente una nueva perspectiva y una revisión del sistema de guarda que se ha ido aplicando desde el año 1981 por cuanto el régimen de guarda y custodia compartida ya tiene respaldo legal, siendo evidente que el modelo de guarda alterna constituirá, en los próximos años, el modelo principal, pues, es el que mejor responde a las necesidades de una sociedad moderna en la que el hombre y la mujer comparten durante la vida en común funciones y responsabilidad. La previsión normativa sobre custodia compartida supone un reconocimiento por ley de que ambos progenitores pueden estar en compañía de su hijo. No se trata de compartir la patria potestad, sino que los períodos de estancias del menor con su padre y con su madre sean tan amplios que pueda hablarse de un reparto equitativo del tiempo, de tal forma que el derecho a estar en compañía del hijo se realice de una forma igualitaria. La reforma alicorta del legislador, fruto de las presiones de los sectores mas feministas, impone una nueva reflexión y metodología de trabajo en los psicólogos forenses, vistos los errores del pasado que evidencian la cantidad de hijos que no tienen relación alguna con su padre. El PP ha anunciado que en el nuevo Código de Familia que elaborará, en desarrollo del Derecho Civil Valenciano, instaurará la custodia compartida. A a ver si es verdad. Abogado
Subject: ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES SEPARADOS DE EXTREMADURA Date: Sun, 20 May 2007 19:53:16 +0200 (CEST)
ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES SEPARADOS DE EXTREMADURA. Estimados Sres.: Desde el lunes, 7 de mayo, en la puerta principal de los Juzgados de Badajoz. (todos los días desde hace dos semanas) viene protestando contra el atropello que sufre por parte de la Juez de Familia y el Fiscal de Menores, un padre separado de Badajoz...
Queremos hablarles del caso de una niña que está siendo alejada de su padre, con la clara intención de que rompa los vínculos que todavía mantiene con él, un caso de manifiesta discriminación por razón de sexo, que si se está produciendo es con la necesaria colaboración/complicidad de la Administración de Justicia: Les hablamos de Carlos Caldito, vecino Badajoz capital. La Constitución Española de 1978 habla de que todas las personas debemos gozar de iguales en derechos y obligaciones respecto de la crianza y la educación de los hijos, durante el matrimonio y tras las rupturas de pareja; así como de que todos tenemos derecho a la Tutela Judicil Efectiva, el derecho a un juicio justo, a un juez imparcial, a obtener una sentencia sin dilaciones, a la ejecución (también sin dilaciones) de las mismas, etc. asicomo al respeto escrupuloso de cualquier ciudadano con discapacidad... Deseamos hacer constar el atropello sistemático que se viene produciendo con Carlos Aurelio Caldito Aunión, padre divorciado que desde el lunes, 7 de mayo del presente año, viene manifestando su protesta ante el edificio de los juzgados de Badajoz capital, por el maltrato institucional del que viene siendo víctima por parte de la Administración de Justicia, negándosele los más elementales derechos, y de manera particular el derecho a ser padre, ejercer la patria potestad en igualdad de condiciones que la madre de su hija, el derecho a "ser escuchado" pese a ser sordo, el derecho a no ser discriminado por el simple hecho de "ser hombre"... También queremos hacer constar nuestra protesta por la violación, también, del más elemental derecho de su hija: el derecho a tener padre y madre, derecho del que se está viendo privada con la ncesaria complicidad de la Juez de Familia de Badajoz y el Fiscal de Menores. Deseamos sumarnos a él y manifestar nuestra protesta por la escandalosa situación de prevaricación a la que está siendo sometido (prevaricar: "dictar una sentencia injusta a sabiendas")
El texto que sigue, (que está siendo distribuído/repartido en la puerta de los Juzgados de Badajoz...) es suficientemente ilustrativo de la trayectoria seguida por Carlos, y el motivo por el cual ha decidido manifestar su protesta desde el lunes, 7 de mayo, desde las 10 horas hasta el medio día, todos los días de lunes a viernes... Huelgan más comentarios:
SÓLO PIDO QUE NO SE LE NIEGUE A MI HIJA EL DERECHO A TENER PADRE.
La sóla idea de que algo cruel puede ser beneficioso para alguien es una completa inmoralidad.
Sólo un insensato o un malvado pueden penssar que es bueno para un niñ@ separarl@ de su padre, negarle su amor, negarle sus cuidados...
¿Alguien puede justificar semejante canallada?
La Juez de Familia y el Fiscal de Menores me impiden participar en el cuidado y la educación de mi hija. “Mi delito” es querer la Custodia Compartida de mi hija.
Incluso me han privado de la “patria potestad” de forma arbitraria durante dos años… El “delito” que he cometido es pedir la Custodia Compartida de mi hija.
Según la Juez y el Fiscal de Familia, es “suficiente” que mi hija venga conmigo el fin de semana cada quince días y varias horas entre semana…
Estoy jubilado desde hace varios años, la madre de mi hija trabaja casi “de sol a sol” y mi hija pasa más tiempo con terceras personas que conmigo y con su madre. Estoy pagando una pensión de manutención que se emplea generalmente para que alguien “cuide a mi hija” y no venga conmigo, ya que su madre no puede atenderla.
Mediante coacciones y amenazas, la madre de mi hija y su familia extensa consiguieron impedir que yo siguiera ejerciendo de padre después de nuestra separación. El delito que yo cometí fue decirles que “deseo seguir participando en la educación y la crianza de mi hija, la Custodia Compartida”…
La Juez y el Fiscal de menores no me escuchan (y me impiden que yo pueda escuchar, soy sordo…) y ni siquiera me permiten presentar pruebas de ninguna clase, me consideran un delincuente por pedir la Custodia Compartida de mi hija.
Señora Juez de Familia ¿Por qué me niega usted el derecho constitucional a un juicio justo? La Juez de Familia me amenazó con expulsarme de la sala por tener el atrevimiento de solicitarle que se me permitiera poder enterarme de lo que ella, el fiscal y los abogados hablaban…
Señora Juez y Señor Fiscal de Familia ¿Por qué me impiden interrogar a las miembros del Equipo Técnico Psicosocial? ¿Acaso son su coartada para condenar sistemáticamente a cientos de niños a una orfandad cruel, estúpida e innecesaria?
He recurrido a la Audiencia Provincial de Badajoz y tampoco me permiten presentar pruebas, me niegan mi Derecho Constitucional a la Tutela Judicial Efectiva: a un Juicio Justo, a un Juez Imparcial, a no ser marginado por el hecho de ser varón, o cualquier otra circunstancia personal… E insisto, el único delito que he cometido es el de querer ejercer de padre, seguir participando en el cuidado y la educación de mi hija, LA CUSTODIA COMPARTIDA.
Señora Juez de Familia, Señores Jueces de la Audiencia Provincial ¿Por qué es positivo que mi hija pase conmigo solamente la mitad de las vacaciones escolares y los fines de semana alternos y durante el resto del año esté con su madre y terceras personas?
¿Hay alguna norma legal, o algún motivo “científico” que yo desconozca, que recomiende que lo mejor para mi hija es que esté el menor tiempo posible con su padre?
¿Existe algún motivo que impida que yo le dé una “Buena Educación” a mi hija?
¿Carezco quizá de actitudes y motivaciones hacia el ejercicio de la función parental, que aconsejen que no tenga contacto con mi hija?
¿No poseo tal vez “Aptitud Moral”, o un “Rol apropiado de ciudadanía”… O se trata de incapacidad para inculcar buenos hábitos y una vida ordenada y disciplinada?
¿O se trata quizá de Disponibilidad de tiempo “de calidad” y de recursos personales, familiares y sociales para el desempeño de la paternidad?
¿Quizá han comprobado ustedes que no existe Calidad en la relación que yo tengo con mi hija?
¿O tal vez se trata de imposibilidad de estar presente cuando mi hija enferma?
¿Tal vez se trata de cuestiones relativas a procurarle el suficiente equilibrio emocional, el bienestar psico-físico de mi hija…?
¿Acaso no tengo Disposición a dedicar tiempo diario a las tareas académicas de mi hija, o no pongo interés, ni me implico en el colegio de mi niña?
¿Se trata tal vez de que pongo obstáculos a la necesidad de mi hija de relacionarse con su madre?
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DICE QUE TOD@S SOMOS IGUALES ANTE LA LEY, QUE TENEMOS IGUALES DERECHOS Y OBLIGACIONES Y QUE SIEMPRE HA DE PRESERVARSE EL INTERÉS DE L@S MENORES ¿ESTÁN USTEDES CUMPLIENDO EN MI CASO CON EL PRECEPTO CONSTITUCIONAL Y LOS CONVENIOS INTERNACIONALES RELATIVOS A LOS DERECHOS DE LOS MENORES.
Esperando contar con su atención, les saluda atentamente,
Asociación de Padres y Madres Separados de Extremadura Custodia Compartida ¡Ya!
EL Comercio de Gijón/21/05/07/SOCIEDAD Y CULTURA Publicado: 12:55
asturias Más del 50% de los casos de desprotección infantil en Asturias no sale a la luz El Principado ha ofrecido este dato hoy durante la presentación de 'Maltrato infantil- Guía de actuación par los centros educativos de Asturias' Agencias
El consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre, y la consejera de Vivienda y Bienestar Social, Laura González, presentaron hoy la guía 'Maltrato infantil- Guía de actuación par los centros educativos de Asturias', con el objetivo de facilitar un instrumento de actuación a los docentes de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria. En el Principado de Asturias se consiguen detectar menos del 50 por ciento de los casos de desprotección infantil ya que "los niños tienden considerar esas situaciones como algo que hay que esconder", dijo Laura González. Junto a los consejeros estuvieron presentes la directora del Instituto de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia, Gloria Fernández, y la directora general de Ordenación Académica e Innovación, Dolores Guerra. Fernández destacó que la guía pretende servir como manual para detectar "la desprotección infantil en sentido amplio, no solo el maltrato físico". En esta labor, la Consejería de Vivienda y Bienestar Social ha colaborado con la Consejería de Salud y lo hace ahora con la de Educación. Gloria Fernández indicó que "la intención es poder tratar a la población infantil y juvenil general, no solo aquella que está vinculada a los asuntos sociales" para ampliar las posibilidades de detección. De esta forma, a través de la guía para pediatras se trabaja con niños de hasta 14 años, y con la guía para profesores se hace los propio con menores de hasta 16 años. Fernández señaló que anualmente se abren una media de 600 expedientes por alguna situación de desprotección del menor en la comunidad, con casos que van desde el absentismo escolar hasta el maltrato físico severo. Por su parte, Riopedre afirmó que "no se puede tratar el maltrato sin la educación", y recordó las actuaciones que se están realizando al respecto, como el Observatorio de la Infancia y la Adolescencia para detectar el acoso escolar entre iguales. Según el consejero, las políticas contra el maltrato infantil, en sentido amplio, se centran en tres líneas de actuación, la prevención como mejor mecanismo ante cualquier problema social, acompañada de la difusión de los derechos de los menores; la detección del maltrato, en concreto en el ámbito familiar; y la notificación, a través de un protocolo para que los docentes adviertan esas situaciones a los Asuntos Sociales de los ayuntamientos o directamente de la Consejería, si son muy graves. Laura González incidió en la importancia del "trabajo transversal entre las consejerías" para garantizar la mejor resolución de los problemas, como ya se hizo en otras ámbitos de atención especial, como la inmigración, la incursión social, o el salario social básico. "Hay que evitar que los menores entren en los centros de los Servicios Sociales", afirmó. Asimismo, la consejera recordó que el apoyo de la Administración "en el entorno familiar" es clave, y advirtió que estos procesos no dan resultados en una legislatura sino a lo largo del tiempo. Además, González reseñó que, además de las guías para profesionales, los menores cuentan con teléfonos de atención, en los que se preserva su intimidad y se les dan garantías de ayuda.
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