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El Parlamento catalán aprobará hoy la Ley para la erradicación de la violencia machista Imprimir E-mail
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17.04.2008

El Parlamento catalán aprobará hoy la Ley para la erradicación de la violencia machista


El pleno del Parlamento catalán aprobará hoy la Ley de los Derechos de las Mujeres para la Erradicación de la Violencia Machista, impulsada por el Gobierno catalán, y concluirá así el trámite parlamentario que inició en octubre.


La consejera de Acción Social y Ciudadanía de la Generalitat, Carme Capdevila, será la encargada de presentar en la cámara catalana las características de esta nueva medida legislativa.

Entre los aspectos más innovadores que contempla la ley, se encuentra la creación de un fondo de garantía para el impago de pensiones alimentarias y compensatorias establecidas por el juez en el momento de la separación.

El objetivo de esta medida es aportar a las mujeres aquella cantidad económica que les pertenece y que dejan de percibir porque sus ex parejas incumplen lo estipulado por el juez.

Además, establecerá una red de recuperación integral de las mujeres, cuya titularidad y prestación de todo tipo de servicios corresponderá a la Generalitat.

Capdevila destacó en la presentación del proyecto de ley el 3 de octubre que el concepto de violencia machista que se establece en el proyecto de ley no responde a la concepción 'sesgada' de los términos violencia de género y violencia doméstica.

Para la consejera, la violencia es la manifestación de una situación de 'discriminación' hacia la mujer, ya sea a través de 'medios físicos, económicos y psicológicos' y en el ámbito público o privado, y así lo reconoce el texto.

El segundo eje del proyecto es, según Capdevila, que establece los principios orientadores para los poderes públicos para erradicación de este fenómeno 'rompiendo la visión estrictamente asistencialista'.

Tal y como explicó la consejera, el proyecto reconoce para la mujer el derecho a la protección efectiva, el de atención y asistencia sanitaria especializada, el de atención y reparación y el derecho a percibir prestaciones económicas.

En este sentido, están previstas medidas para facilitar el acceso a la vivienda, garantizar la formación ocupacional y ayudas escolares y extraordinarias, que serán extensibles para los hijos víctimas de la violencia machista. La Generalitat, además, se personará en los procesos judiciales en caso de muerte o lesiones graves.



Terra Actualidad - Europa Press
Detenida una mujer por agredir con una piedra a su compañero sentimental Imprimir E-mail
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17.04.2008
Detenida una mujer por agredir con una piedra a su compañero sentimental La Policía Local acudió al auxilio de un hombre que había sido agredido por su mujer con una piedra en la cabeza y que estaba siendo amenazado con un cuchillo

 

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EUROPA PRESS
La Policía Local de Pontevedra detuvo en las últimas horas a M.I.R., una mujer de 53 años de edad, por agredir a su pareja sentimental con una piedra y amenazarlo con un cuchillo en la calle Alexandre Bóveda de la capital pontevedresa, situada en las inmediaciones de la comisaría.

Los hechos sucedieron sobre las diez de la mañana de ayer, día 15 de abril, cuando agentes de la Policía Local acudieron al auxilio de un hombre que había sido agredido por su mujer con una piedra en la cabeza y que estaba siendo amenazado con un cuchillo.

Tras la identificación de los implicados, los agentes comprobaron la herida en la cabeza del hombre, que fue trasladado a un centro sanitario, y se recuperaron las armas de la agresión, el cuchillo y la piedra, que estaban escondidos en el interior del vehículo de la detenida, que fue trasladada a las dependencias policiales para su puesta a disposición judicial.

Alcoholemia
Además, la Policía Local detuvo en la mañana del pasado domingo 13 de abril, A.A.N. un joven de 24 años y vecino de Pontevedra por su negativa a efectuarse la prueba de la alcoholemia después de ser detectado por los agentes circulando con su ciclomotor por la calle Mestre Soutullo, sin casco, por dirección prohibida y con claros síntomas de encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

El conductor se negó en un principio a identificarse y, aunque accedió inicialmente a realizar la prueba de alcoholemia, rechazó someterse a la misma a pesar de la insistencia de los agentes, que le advirtieron de las consecuencias de su negativa, y que finalmente le trasladaron a dependencias policiales donde se instruyeron las correspondientes diligencias al juzgado.

El ciclomotor fue inmovilizado y trasladado por la grúa al Parque Municipal, entre otras irregularidades, por carecer de seguro desde el año 2003.

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Denuncian una demora de dos años en Palma para celebrar un juicio de divorcio La lentitud judicial Imprimir E-mail
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17.04.2008
Denuncian una demora de dos años en Palma para celebrar un juicio de divorcio La lentitud judicial impide a un divorciado pedir la guarda y custodia compartida de sus hijas
 

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Los juzgados de familia de Palma se hallan en el edificio de sa Gerreria.  Foto: Lorenzo.
 

FELIPE ARMENDÁRIZ. PALMA. Manuel Molina, un divorciado mallorquín, está sufriendo, por causas desconocidas, una espera de más de dos años en la celebración de la vista oral de su divorcio, un trámite donde espera poder plantear finalmente su solicitud de guarda y custodia compartida de las dos hijas que tuvo con su ex compañera sentimental. Molina, abogado de profesión, no entiende cuáles son los motivos del retraso, pero se declara dispuesto a seguir luchando legalmente por la custodia compartida de las dos menores.
Molina se separó de su mujer hace más de dos años y el juzgado de familia 16 de Palma dictó entonces unas medidas provisionales en las que se otorgaba la guarda y custodia a la madre de las pequeñas, decisión que no contaba con el apoyo de ningún informe psicológico.
En ese primer trámite el padre sí aportó un dictamen psicológico donde se abogaba por una custodia compartida para conseguir el mayor bienestar de las hijas y se dibujaba un perfil del progenitor como una persona que siempre se había esmerado en los cuidados y educación de las niñas. Sin embargo, el juez obvió el dictamen y remitió a la vista oral del divorcio como escenario para pedir la custodia compartida.

Informe psicosocial

Las previsiones eran de que el juicio del divorcio se señalase para unos pocos meses, pero han pasado dos años y no se sabe nada de esta vista.
El juzgado encargó a uno de los equipos de psicológos y asistentes sociales de los juzgados de familia un informe para evaluar si era adecuada para las pequeñas la custodia compartida y valorar también el perfil del padre. Hace un año, abril del 2007, el equipo psicosocial que debía redactar el dictamen pasó el encargo al otro grupo de psicológos y asistentes sociales de los juzgados de familia. Manuel Molina comenta a este respecto que ignora cuáles fueron las causas de este cambio de expertos.
El segundo equipo se entrevistó en dos ocasiones con las menores y su padre en el verano del año pasado, pero todavía no ha aportado su informe al juzgado.
La no celebración de la vista sobre el divorcio está impidiendo a Molina poder plantear su solicitud de compartir los cuidados de las pequeñas con su ex mujer, a lo que ésta se opone. El divorciado piensa que la custodia compartida es la mejor solución para sus hijas y está dispuesto a luchar legalmente con todas sus fuerzas para conseguirla.

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180 cuestiones sobre violencia de género esperan al Constitucional Imprimir E-mail
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16.04.2008

180 cuestiones sobre violencia de género esperan al Constitucional

J. M. LÁZARO - Madrid - 16/04/2008

 

Más de 180 cuestiones contra la Ley de Violencia de Género están paralizados a la espera de la decisión del Constitucional. El Pleno del Alto Tribunal proseguirá hoy las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por una juez de Murcia contra la ley Integral de Violencia de Género, en cuanto impone mayor castigo a los hombres por maltratar a las mujeres.

Los magistrados deliberaron durante toda la jornada de ayer y proseguirán hoy, dado que la sentencia es "muy complicada técnicamente", y tiene muchos "problemas de encaje penal", por lo que hay que redactarla de manera "muy rigurosa y estricta", según fuentes del Tribunal.

El Constitucional estudia la primera de las 127 cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por jueces contra el artículo 153.1 del Código Penal que impone penas de seis meses a un año al que maltrate sin lesionar a su esposa o la mujer que haya estado ligada a él por análoga relación de afectividad. Los jueces han presentado otras 56 cuestiones contra el 171.4 (amenazas leves) y tres contra el 172.2 (coacciones leves). De estas 127 cuestiones, 40 han sido presentadas por el juzgado penal 2 de Albacete.

En la actualidad, hay un total de 835 órganos judiciales especializados en Violencia contra la Mujer, que han dictado un total de 91.005 sentencias desde julio de 2005, según los datos del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo del Poder Judicial que preside la vocal Montserrat Comas.

FUENTE 

 

Padre, sinónimo de delincuente... Imprimir E-mail
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16.04.2008
Padre, sinónimo de delincuente...
Carlos Caldito Aunión. Badajoz   

La presunción de culpabilidad respecto de los padres de familia impregna a la totalidad de las normas legales españolas, relativas a la ruptura de pareja y la custodia de los menores tras la disolución del vínculo matrimonial.
En España se viola todos los días la Constitución, en lo referente a preceptos tales como el de que todos -y todas- somos iguales ante la ley, el derecho a un juicio justo -con plenas garantías legales- y el derecho a la presunción de inocencia, o cuestiones tan básicas como que la carga de la prueba corresponde al denunciante y no al denunciado... cuando se trata de padres de familia inmersos en procesos de separación y divorcio. (Ley de Divorcio de 2005 y Ley Integral contra la violencia de género...)

La arbitrariedad y la injusticia llegan a tal extremo, que incluso ha habido una sentencia reciente en la que se obligaba a un hombre a mantener a un menor del que se había demostrado que no era padre biológico.
Está de moda proclamar una mayor implicación de los varones en las tareas domésticas y en la crianza y en la educación de los hijos, medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, y cosas por el estilo; medidas a cual más creativa. Pero casualmente sólo cuando la familia esta "intacta". Se tiende a confundir familia con matrimonio.

Se da por sentado que el principal causante de las rupturas de pareja, si no el único responsable, es el varón, y que la mujer es la parte más vulnerable. Se da por supuesto que las mujeres son madres abnegadas, dispuestas a sacrificios y renuncias miles para lograr el bienestar de sus hijos y procurar lo mejor para la convivencia con su marido y sus hijos, y que esa heroica entrega debe ser compensada si el matrimonio se rompe.

Estamos asistiendo a una cada vez mayor criminalización de la paternidad. Si un padre divorciado tiene la feliz ocurrencia de pretender ejercer de padre tras el divorcio, continuar educando a sus hijos, seguir dándoles amor y cuidados, aquello que se denomina Custodia Compartida, será considerado sospechoso de perversidades miles, será mirado con lupa y deberá superar una interminable carrera de obstáculos (empezando por la oposición generalmente de la madre de sus hijos, y/o del ministerio fiscal) e incluso será acusado de maltratador y de que con el pretexto de la Custodia Compartida, lo único a lo que aspira es a seguir victimizando a su ex mujer y a sus hijos...

Si por el contrario, que suele ser lo más normal, a un padre se le disuade de seguir participando en la educación y el cuidado de sus hijos, se le expulsa de la vida cotidiana de los menores, y "no ofrece resistencia" de clase alguna frente al actual sistema legal, se le tachará de egoísta, perverso, mal padre... y si además se le condena -cosa frecuente- a una situación de miseria, hasta el extremo de convertirse en un mendigo o un indigente, y ni siquiera poder abonar la pensión de manutención de los hijos habidos durante el matrimonio, será severamente castigado hasta extremos inconcebibles y con extrema crueldad...

Por supuesto, si una mujer adopta una actitud claramente obstruccionista, encaminada a boicotear las estancias y la comunicación entre los hijos y el padre, y la familia extensa del padre, gozará de una casi total impunidad e inmunidad, o será tratada con absoluta benevolencia por parte del sistema judicial.

El poder de los juzgados de familia es casi ilimitado, la Constitución Española de 1978 no existe en los procesos por disputas domésticas. Si un padre comparece ante los juzgados, da igual que no haya cometido delito alguno, de inmediato verá sus movimientos, costumbres y hábitos personales, relaciones con amigos, con familiares, compañeros de trabajo, contacto con sus hijos, sometidos a investigación y controlados por parte del tribunal y considerados como dudosos, sospechosos no se sabe de qué...
E incluso, sin causa justificada, el tribunal podrá someter a tutela y vigilancia los encuentros que tenga con sus hijos en los llamados "puntos de encuentro familiar", lugares en que el padre y los hijos serán observados, escuchados y en los que, incluso, se elaborarán informes que serán determinantes para las futuras estancias y comunicaciones con sus hijos. Medidas todas ellas absolutamente ilegales.

También es posible que sean obligados a pasar un examen de los llamados Equipos Técnicos Psicosociales (Equipos "fantasmas" de los que nadie sabe nada, o no quiere saber, y respecto de los que no existe norma legal que los cree, los regule, o ninguna clase de protocolo) sin garantías legales de clase alguna.

A partir de entonces, el padre no tiene ni voz ni voto sobre dónde residirán sus hijos en adelante, el colegio al que acudan, la formación moral o religiosa que reciban, su salud, sus visitas al médico, ... Se le privará de información del centro de estudios de sus hijos, o del centro de salud, cuando lo solicite. E incluso se le indicará a qué lugares, o servicios religiosos, o espectáculos, podrá asistir con sus hijos en el tiempo de estancias que le otorguen, o lo que denominan "visitas".
Por supuesto, no podrá pedir cuentas respecto del destino que la madre le dé al dinero que entregue, supuestamente para los alimentos, la manutención de sus hijos. Se ha de entender que la madre es quien tiene el buen criterio, sabe lo que mejor conviene para los menores y debe ser la que administre en exclusiva...

La presunción de culpabilidad también estará presente cuando la mujer alegue que ha habido violencia doméstica, maltrato psíquico, e incluso abuso de menores, en el proceso en el que se dilucide la custodia de los menores y las disputas por causa del patrimonio acumulado durante la convivencia marital. El tribunal decidirá restringir el contacto del padre con sus hijos, dictará órdenes de alejamiento, en la mayor parte de los casos sin evidencias o indicios de ninguna clase.

Nunca ha habido situaciones comparables, salvo que nos traslademos en el tiempo a las prácticas del "Santo Oficio de la Inquisición", o en tiempos más cercanos, en el régimen de apartheid sudafricano...

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