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03.08.2011 |
|  Cuando más entregas , y más falta hace el servicio del punto de encuentro de Valencia, estos se cogen vacaciones , y las entregas ya te apañarás San Blás. | |
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24.03.2011 |
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Hoy ha sido aprobada la Ley de Custodia Compartida en la Comunidad Valenciana, con los votos a favor del Partido Popular de la Comunidad Valenciana y del grupo parlamentario Compromís, y con los votos en contra del Partido Socialista del País Valenciá- PSOE y del grupo parlamentario Izquierda Unida del País Valenciá. FELICIDADES A TODOS LOS HIJOS/AS DE PADRES Y MADRES SEPARADOS: A partir de ahora tienen derecho a estar con ambos.
 A FAVOR---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- EN CONTRA |
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15.03.2011 |
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Padres y Madres Seprados, abuelas, hijas, etc. se han encadenado ante las Cortes Valencianas para exigir la aprobación de la Ley de Custodia Compartida Valenciana. A las 10:00 hrs. del día e hoy, se han encadenado para exigir la aprobación de la Ley, debatida ámpliamente en Les Corts, promesa electoral del Partido Popular de la Comunidad Valenciana, en las pasadas elecciones, y que cuenta con el respaldo de la mayoría de la Cámara autonómica, incluído el grupo parlamentario Compromís. La aprobación está pendiente para un pleno "escoba" que todavía no se ha celebrado, aunque fué convocado y dos horas después desconvocado por Les corts. La Ley es una reivindicación de la mayoría de la Sociedad y no puede postponerse para futuribles. Los hijos NO PUEDEN ESPERAR. CUSTODIA COMPARTIDA ¡¡YA!!
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10.03.2011 |
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ATENCIÓN A ESTE ARTÍCULO, PUES LA JUNTA DE ANDALUCÍA HACE LO QUE TODAVÍA NO ESTÁN HACIENDO LO JUECES, OTORGAN CONDICIÓN DE FAMILIA MONOPARENTAL AL MENOR QUE AÚN TENIENDO PATRIA POTESDAD COMPARTIDA SUS PROGENITORES, EXISTA UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO ENTRE ELLOS (porsupuesto no especifica que tenga que haber condena firme, con una sola denuncia falsa te secuestran a tus hijos.).
BOJA 25/02/2011
Siete. El artículo 43 queda redactado de la siguiente manera:
«1. A los efectos de su aplicación en este Decreto, se entenderá que un niño o niña pertenece a una familia con la condición de monoparental cuando su patria potestad esté ejercida por una sola persona o, cuando siendo ejercida por dos personas, exista orden de alejamiento de una de ellas con respecto a la otra, con la que convive el niño o la niña n.r. Con esto, la patria potestad compartida que sentencie un juez, queda anulada con una simple deucnia que ponga una mujer.
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17.02.2011 |
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Tras el éxito conseguido en el I y II Congreso Internacional sobre el Síndrome de Alienación Parental y Custodia Compartida (celebrados en León y Alcalá de Henares) y en nombre del Comité Organizador, tenemos la satisfacción de presentaros el III Congreso Internacional, que tendrá lugar en Zaragoza los días 24, 25 y 26 de Marzo de 2011. Nuestra sede durante la celebración del Congreso será la Sala "Jerónimo Zurita", que se encuentra en el Edificio Pignatelli (Paseo María Agustín, 36 / 50004 - Zaragoza) que es la sede del Gobierno de Aragón.
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